El sector audiovisual andaluz continúa a la espera de la convocatoria del nuevo concurso público para la adjudicación de licencias de Televisión Digital Terrestre (TDT) de ámbito local. Una convocatoria especialmente esperada no sólo por el número de operadores afectados, sino también por una historia administrativa y judicial particularmente compleja, marcada por la anulación sucesiva de los procedimientos anteriores.
La situación no es nueva. El primer concurso de TDT local comercial en Andalucía se remonta a 2008, resultando posteriormente anuladas judicialmente buena parte de las adjudicaciones. En 2016 se convocó un nuevo procedimiento, resuelto inicialmente en 2018. Sin embargo, distintas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anularon varios de los criterios de valoración contenidos en sus bases, obligando a retrotraer las actuaciones y dejando sin efecto aquella adjudicación. Tras una nueva valoración, el concurso volvió a resolverse mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de julio de 2020.
La controversia judicial tampoco terminó entonces. Un Auto del TSJA de 28 de mayo de 2020 impuso a la Administración andaluza la obligación de convocar un nuevo concurso. Ello condujo a la convocatoria de abril de 2021, mediante la que se ofertaron 112 licencias de TDT local, y a su posterior adjudicación en abril de 2022.
Pero tampoco este procedimiento consiguió alcanzar la necesaria estabilidad jurídica. Las Sentencias 3333/2024, 3356/2024 y 3425/2024 del TSJA declararon nula la convocatoria de 2021 y, con ella, los actos posteriores de adjudicación, al considerar que había decaído la reserva de dominio público radioeléctrico necesaria para la prestación del servicio. Los recursos de casación promovidos por la Junta fueron inadmitidos por el Tribunal Supremo en mayo de 2025, adquiriendo firmeza dichas resoluciones.
Ante esta situación, la Junta de Andalucía aprobó el Decreto-ley 3/2025, de 4 de agosto, estableciendo un régimen provisional que permitiera mantener las emisiones hasta la celebración de un nuevo concurso. Su disposición adicional primera fue inequívoca: el Consejo de Gobierno debía convocar el nuevo procedimiento en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la norma.
Ese plazo ha transcurrido sin que, hasta la fecha, se haya producido la esperada convocatoria.
El retraso resulta especialmente significativo teniendo en cuenta que la propia Junta anunció en agosto de 2025 el inicio de las actuaciones preparatorias y señaló que los nuevos pliegos debían adaptarse al marco establecido por el Decreto 90/2025, de 2 de abril.
El próximo concurso constituye, por tanto, una oportunidad decisiva para proporcionar al sector la seguridad jurídica que no han conseguido alcanzar los procedimientos anteriores. Después de años de anulaciones, retroacciones y regímenes transitorios, resulta imprescindible que las nuevas bases sean particularmente rigurosas tanto en la configuración de los requisitos de participación como, especialmente, en los criterios de valoración de los proyectos audiovisuales y en la motivación de las puntuaciones.
Para las empresas interesadas en obtener una licencia, la experiencia acumulada aconseja además realizar un análisis jurídico y técnico previo de los pliegos desde el mismo momento de su publicación. La historia reciente de la TDT local andaluza demuestra que la configuración de las bases, los criterios de valoración y su posterior aplicación pueden resultar determinantes no sólo para la adjudicación de una licencia, sino también para la propia validez del procedimiento.
El sector espera ahora una convocatoria que permita, finalmente, cerrar una etapa de más de una década de incertidumbre y dotar a la televisión local andaluza de un marco estable, competitivo y jurídicamente seguro.